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Reglas comunes para el transporte internacional en la UE

5 Junio 2007

Se ha publicado la Propuesta de Reglamento del Parlamento y del Consejo Europeo, COM(2007) 264, por la que se establecen unas reglas comunes para el transporte internacional de viajeros en autobús y autocar.

La Comisión había anunciado en su programa legislativo para 2006 su intención de examinar detalladamente estas reglas y, de ser necesario, hacerlas más simples y claras. Tras una consulta pública, se vio que la carencia de claridad o la complejidad por existir diversas reglas hacen difícil su aplicación y suponen innecesarias cargas administrativas en las siguientes áreas:

- El alcance de aplicación del Reglamento es confuso en cuanto al transporte de viajeros por transportistas comunitarios por y hacia terceros países y transitando por Estados miembros.

- El Reglamento (CEE) 684/92 creó una autorización para servicios regulares internacionales de viajeros, las empresas que quieren operar una línea internacional deben solicitar esta autorización. Así, por cada línea las autoridades nacionales deben llegar a un acuerdo con los Estados miembros que se vean afectados por el servicio, evaluar las consecuencias de la introducción del servicio y notificar al solicitante si se acepta o no su solicitud. Este procedimiento crea grandes barreras para los que aspiran a una nueva línea y supone cargas burocráticas innecesarias.

- El intercambio de información entre Estados miembros, aunque ya está previsto en las actuales normas, parece bastante ineficaz. Por consiguiente, las empresas que operan en el territorio de un Estado miembro, aparte del suyo propio, apenas se arriesgan a una sanción administrativa, como consecuencia la competencia podría distorsionarse entre estas empresas con menos tendencia a cumplir con las normas y los demás.

La diversidad de formatos usados para las licencias comunitarias y sus copias certificadas crea problemas en las inspecciones y a menudo conduce a una pérdida de tiempo valioso para los transportistas y los inspectores.

Las conclusiones de la consulta pública fueron:

- El transporte de mercancías por carretera y el de viajeros deberían regularse por separado. Son dos modos diferentes de transporte y las partes interesadas (mercancías y viajeros) creen que entre ellos no existen suficientes aspectos en común como para tratarlos en un único texto legal.

- Muchas contribuciones advirtieron de la necesidad de aplicar y cumplir correctamente las reglas existentes. Sería necesaria una mayor cooperación entre las autoridades, que requeriría la instauración de un registro de transportistas autorizados por toda la Unión Europea o una base de datos de licencias comunitarias.

- Varias de las partes implicadas demandaron que el procedimiento para aprobar los servicios internacionales regulares de viajeros debería ser simplificado y evitarse el papeleo innecesario. También se aconsejaba simplificar los procedimientos para los servicios regionales o locales fronterizos.

Esta propuesta, que consolida y combina los dos reglamentos existentes sobre el acceso al mercado de transporte por carretera, introduce las siguientes modificaciones substanciales:

- El procedimiento para autorizar los servicios regulares internacionales debe ser más simple y rápido: actualmente ciertos argumentos para la denegación de la autorización son anticuados y deben ser eliminados. En adelante la autorización será concedida a menos que haya argumentos claramente especificados para su denegación.

- Un licencia comunitaria simplificada y estandartizada: se proporcionan datos específicos más detallados para el formato de la licencia comunitaria y de las copias certificadas para reducir la carga administrativa y tardanzas, sobre todo en las inspecciones en carretera.

- Incrementar los mecanismos legales que obligan a un Estado miembro a actuar, si se solicita así por parte de otro Estado miembro, cuando un transportista con licencia comunitaria cometa una infracción en otro país. Tal acción debería tomar al menos la forma de advertencia.

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