CC.AA. Madrid. Subvenciones para adaptar autobuses para PMR y para la formación de conductores profesionales
Se ha publicado en el BoletÃn Oficial de la Comunidad de Madrid de 3 de mayo de la Orden de 16 de abril de 2007 de la ConsejerÃa de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la adaptación de vehÃculos de transporte público de más de nueve plazas a su uso por personas con movilidad reducida y su convocatoria para el ejercicio 2007.
La subvención cubrirá el 30% de los gastos subvencionables, que serán los costes de adquisición y montaje de elementos, asà como de acondicionamiento del vehÃculos, excluido IVA, con un máximo de 12.000 € por vehÃculo.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir de la publicación en el BoletÃn Oficial de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, en el BoletÃn del 26 de abril la ConsejerÃa de Transportes e Infraestructuras ha publicado la Orden de 16 de abril de 2007 que aprueba las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la formación de conductores profesionales y su convocatoria para el ejercicio 2007.
Los gastos subvencionables son dos:
a)      Los realizados para la obtención de un permiso de conducir de carácter profesional en concepto de matrÃcula, clases de preparación y tasas de presentación a examen.
b)      Los correspondientes a realizar, en centros ubicados en la Comunidad de Madrid debidamente autorizados, algún curso de formación sobre materias relacionadas con el transporte, con una duración mÃnima de cuarenta horas, distinto de los preparatorios para la obtención del propio permiso de conducir.
La subvención cubrirá el total de los gastos realizados hasta un máximo de 600 € por beneficiario.
Los requisitos para acceder a estas subvenciones son:
a)     Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid con una antigüedad mÃnima de un año a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
b)     Haber obtenido un permiso de conducir de carácter profesional en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria. A estos efectos se considerarán de carácter profesional las siguientes clases de permisos de conducir: C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E.
c)      Haber realizado, en centros ubicados en la Comunidad de Madrid debidamente autorizados, algún curso de formación sobre materias relacionadas con el transporte, con una duración mÃnima de cuarenta horas, distinto de los preparatorios para la obtención del propio permiso de conducir; o haber sido contratado por alguna empresa para realizar trabajos de conductor en el perÃodo señalado con la letra b).
d)     No haber obtenido subvención de la Comunidad de Madrid para esta misma finalidad en anteriores convocatorias.
e)Â Â Â Â Â Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria con la Comunidad de Madrid.
f)Â Â Â Â Â Â Â No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artÃculo 13 de la Ley 8/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el BoletÃn Oficial de la Comunidad de Madrid.









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